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Corte Suprema confirmó rechazo a recurso de protección contra el Pase de Movilidad

  • Miércoles 2 de febrero de 2022
  • 19:20 hrs

"Las restricciones que deben soportar los recurrentes por no vacunarse no resultan desproporcionadas ni poco razonables", razón por lo que la corte de apelación rechazó el recurso de protección.

Durante el martes pasado la Corte Suprema confirmó una sentencia hecha de la Corte de Apelaciones de Arica, la que rechazó un recurso de protección que apuntaba a la implementación del Pase de Movilidad, documento entregado por el gobierno que registra, entre otras cosas, las vacunas de las personas que lo poseen y con ello permiten mayores libertades de tránsito.

La Tercera Sala del tribunal de alzada desestimó alguna clase de actuar arbitrario de la autoridad sanitaria, puesto que las decisiones (tomadas dentro de las facultades legales que posee) estuvieron basadas en evidencia científica y en resguardo de la salud de la población.

“El referido Pase de Movilidad, sus requisitos y el tratamiento de vacunación, han sido implementados por la autoridad sanitaria, incluido el Instituto de Salud Pública, junto a un Comité de Expertos compuesto por profesionales reconocidos en el área“, se consignó en el fallo.

El objetivo general del plan de vacunación (instancia previa al acceso del Pase de Movilidad) es “preservar la integridad de los servicios asistenciales, las funciones críticas que permiten mantener la infraestructura del país; y prevenir mortalidad y morbilidad en subgrupos de la población, definidos por las condiciones biomédicas asociadas a mayor riesgo de muerte y complicaciones causadas o secundarias a infección por covid-19″, se lee en el fallo.

Si “los derechos sanitarios colectivos deben privilegiarse por sobre el interés individual de los actores”, a juicio de la instancia, entonces las condiciones asociadas al pase de movilidad “no resultan desproporcionadas ni poco razonables”.

“En ese orden de ideas, las medidas dispuestas en la Resolución impugnada lo han sido por la autoridad sanitaria en pos de evitar un mal mayor, la propagación del virus SARS-CoV-2. De este modo, éstas se ajustan a la racionalidad, y la legislación vigente, por lo que no existe ilegalidad ni arbitrariedad”, concluyó el fallo.