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Descubre el monto del Subsidio Familiar Automático para menores de 18 años: Detalles del beneficio

  • Jueves 21 de diciembre de 2023
  • 15:39 hrs

Cómo y dónde consultar con tu RUT y fecha de nacimiento si corresponde el Subsidio Familiar Automático para NNA o menores de 18 años y cuándo es la fecha pago.

A partir de enero de 2024, los menores de edad que integren el 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares, serán beneficiarios del Subsidio Familiar Automático (SUF).

El monto asignado se transferirá a aquellos que tienen a su cargo la responsabilidad de cuidar a los beneficiarios.

Para verificar si una persona es beneficiaria del Subsidio Familiar Automático, puede acceder a www.sufautomatico.cl a partir del martes 19 de diciembre.

Cada niño, niña o adolescente menor de 18 años que cumpla con los requisitos para acceder al SUF Automático recibirá $20.328 mensuales, mientras que aquellos menores de 18 años con discapacidad recibirán $40.656. Estas cifras son equivalentes a las del SUF tradicional.

En el caso de los beneficiarios que ya reciben otros respaldos económicos del Estado mediante depósito en sus cuentas bancarias, el Instituto de Previsión Social (IPS) depositará el SUF Automático en la misma cuenta.

Para aquellos que no cuentan con este método de pago, la entrega será presencial, realizándose en los centros de pago de la Caja de Compensación Los Héroes disponibles en la comuna.

En situaciones donde no existan centros de pago de la Caja de Compensación Los Héroes, el pago se llevará a cabo en la sucursal de BancoEstado de la respectiva comuna.

En casos excepcionales donde no haya centros de pago de la Caja de Compensación Los Héroes ni sucursales de BancoEstado, se efectuará el pago mediante Puntos de Pago Rural.

Requisitos

Ser menor de 18 años.

Niños y niñas hasta los ocho años deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.

Niños y niñas mayores de seis años deben acreditar que son estudiantes regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a excepción de que fueran personas con discapacidad.

No tener una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).

Pertenecer al 40% más vulnerable de acuerdo con la Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.

No contar con reconocimiento en Asignación Familiar o Subsidio Familiar, ni recibir el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años

 

Cabe destacar que este beneficio es incompatible con las siguientes ayudas estatales:

Subsidio Único Familiar municipal

Asignación Familiar

Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años

Pensión Básica de Invalidez.