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Diputados ingresaron proyecto de ley que busca adelantar el cierre del comercio

  • Viernes 20 de agosto de 2021
  • 10:05 hrs

La iniciativa busca que el comercio pueda cerrar a las 20:00 horas de lunes a sábado y a las 18:00 los domingos y festivos.

Durante la jornada de este jueves, un grupo de diputados ingresó un nuevo proyecto de ley que busca adelantar el horario del cierre del comercio, el cual busca que los trabajadores tengan mayor tiempo de descanso y vida familiar.

Según indicó el diputado PPD y presidente de la Comisión de trabajo de la Cámara, Tucapel Jiménez, esta iniciativa surgió de los propios trabajadores, indicando que "hace unos días me reuní con dirigentes de la CUT, encabezados por su Presidenta, Silvia Silva, quienes me entregaron este proyecto de ley que busca adelantar el cierre de puertas para atención al público a las 20:00 horas de lunes a sábado y a las 18:00 horas los domingos y festivos, en los establecimientos de comercio".

Asimismo, Jiménez agregó que "la pandemia por COVID-19 nos ha mostrado cómo los establecimientos de comercio pueden funcionar en horarios más acotados, sin mermar la libertad de consumo de los ciudadanos ni menoscabar los ingresos de las empresas".

"Si a esto le sumamos el fuerte crecimiento de la compra y venta remota (por medios digitales) de bienes y servicios que permite a las empresas atender a sus clientes las 24 horas, una reducción del tiempo de funcionamiento como la que se propone no perjudicaría a ningún actor del Comercio y beneficiaría a cientos de miles de trabajadores y trabajadoras", añadió el parlamentario.

Es preciso consignar que se exceptúan de esta obligación los clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados y aquellos establecimientos de comercio atendidos por su propio dueño. 

Del mismo modo, se indica que esta medida tampoco será aplicable a los establecimientos de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y las farmacias que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.