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Estas son las cosas que no se pueden hacer el día de la segunda vuelta presidencial

  • Jueves 16 de diciembre de 2021
  • 10:20 hrs
Imagen referencial. (Diarios en Red).

Imagen referencial. (Diarios en Red).

No fotografiar el voto, ni alterar el orden público son alguna de ellas.

Hay una serie de disposiciones legales que regulan el proceso electoral que se realizará este fin de semana,  para evitar cualquier impedimento al correcto transcurso del proceso democrático en la que se elegirá al Presidente de Chile por el periodo 2022-2026.

Las sanciones más graves

La legislación contempla penas de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años) a presidio mayor en su grado mínimo (5 años y un día a 10 años)  y multa de 3 UTM a quienes realicen una serie de acciones que afecten las elecciones.

Entre estas se encuentran:

  • Votar más de una vez en una misma elección.
  • Suplantar a una persona para votar por ella o cumplir su rol de vocal de mesa.
  • Apropiarse de una urna con votos emitidos que aún no han sido escrutados.
  • Falsificar, sustraer, ocultar o destruir padrones de mesas o actas de escrutinio. 
  • Ser sorprendido presionando a un elector con discapacidad, o a la persona que le sirve como asistente.

Normativas sanitarias

Las personas que estando cursando la etapa activa del COVID-19 acudan a ejercer su derecho a sufragio, arriesgan desde un sumario sanitario, la derivación a una residencia sanitaria hasta un proceso que puede derivar en penas de presidio.

Del mismo modo, cada recinto electoral tendrá un aforo máximo de personas que podrán estar al interior del edificio, dependiendo de su tamaño.

Fotografía del voto y desórdenes

De acuerdo a lo establecido por la Ley 18.700 que regula los procesos electorales en el país, hay varias conductas que podrían ameritar castigos.

Uno de ellos es el caso de fotografiar el voto, lo que está prohibido por ley. 

Esta infracción está tipificada como cohecho, y contempla una pena de presidio menor en su grado medio y una multa de 10 a 50 UTM para las personas que soliciten votos a una determinada preferencia; mientras que las personas que ofrezcan venderlo se arriesgan a multas de entre 1 a 3 UTM.

Del mismo modo, está prohibido ir a votar haciendo uso de elementos o frases que sean indicativas de propaganda en las vestimentas o elementos sanitarios.  Por dicho motivo, no se podrá asistir con poleras o mascarillas que muestren apoyo a alguna opción electoral. 

Del mismo modo, la ley sanciona a quien impida a un elector ejercer su derecho a sufragar por medios violentos, amenazas o privándolo de su cédula nacional de identidad