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Ley de Eutanasia en Chile: ¿en qué consiste el proyecto?

  • Viernes 18 de diciembre de 2020
  • 09:27 hrs

Los parlamentarios aprobaron que solamente aquel que ha sido diagnosticado de un problema de salud grave e irremediable, tiene derecho a decidir y solicitar, de acuerdo, con los requisitos y formas establecidas en la ley, asistencia médica para morir.

Durante la tarde de este jueves se vivió un momento histórico en Chile, luego que la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto de Muerte digna y cuidados paliativos, más conocido como Ley de Eutanasia.

Sin embargo, debido a que la iniciativa fue objeto de indicaciones por parte de los parlamentarios, el texto volverá a ser debatida en la comisión de Salud.

La iniciativa indica que: "Toda persona tiene derecho a una muerte digna que incluya la libertad para determinar las terapias a las que desea ser sometido ante la proximidad de su muerte, el derecho a no padecer males o dolores innecesarios y a evitar la prolongación artificial de su vida".

El proyecto, informado por el diputado Vlado Mirosevic (PL), agrega que solamente en el caso que una persona haya sido diagnosticada de un problema de salud grave e irremediable, tendrá derecho a decidir y solicitar, de acuerdo con los requisitos y formas establecidas en la ley, asistencia médica para morir.

Requisitos para solicitar la eutanasia
  • Haber sido diagnosticado de un problema de salud grave e irremediable.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Encontrarse consiciente al momento de la solicitud.
  • Si el paciente se encuentra inconsciente y dicho estado es irreversible, o está privado de sus facultades mentales, procederá la asistencia médica para morir solo en el caso que haya una declaración previa en un documento de voluntad anticipada.
  • Contar con la certificación de un médico psiquiatra o un médico especializado en medicina familiar que señale que, al momento de la solicitud, la persona se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales, descartando enfermedades de salud mental que afecten la voluntad del paciente.
  • Manifestar su voluntar de manera expresa, razonada, reiterada inequívoca y libre de cualquier presión externa.