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Mal uso de fuegos artificiales: desde ahora será considerado delito simple

  • Lunes 28 de diciembre de 2020
  • 14:08 hrs

En el caso de quienes fabriquen, importen, almacenen o distribuyan estos elementos, podrán recibir una sanción de pena de presidio menor en su grado medio o una multa de 10 a 20 UTM.

Luego de su aprobación en la Sala del Senado, la norma que sanciona penalmente la fabricación, importación, comercialización, distribución, venta, entrega a cualquier título, y el uso de fuegos artificiales, quedó lista para ser promulgada ley.

De esa manera, y debido a que no presentaron cambios al proyecto, ahora la Cámara de Diputadas y Diputados deberá tomar conocimiento de lo anterior.

La iniciativa, de esta manera, busca sancionar como simple delito el mercado ilegal de los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas.

Por ejemplo, en el caso de que alguna persona sea sorprendida con posesión de alguno de estos elementos y sin la autorización de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), podrá recibir una sanción que va desde el presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) hasta una multa de 5 a 20 UTM.

En el caso de quienes fabriquen, importen, almacenen o distribuyan estos elementos, podrán recibir una sanción de pena de presidio menor en su grado medio o una multa de 10 a 20 UTM. Y en el caso de que esto sea distribuido en algún local comercial, a sabiendas de su propietario o encargado, se podría decretar la clausura definitiva del mismo.