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Cuatro años de cárcel para motoristas de Carabineros como autores del delito de tortura

  • Viernes 29 de octubre de 2021
  • 18:11 hrs
Imagen Referencial- Diarios en Red

Imagen Referencial- Diarios en Red

El hecho ocurrió en octubre de 2019 contra un adolescente de 16 años.

El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a los motoristas de Carabineros Alexis Enrique Contreras Ulloa y Felipe Andrés Cifuentes Aburto a 4 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delito consumado de tortura, por un caso perpetrado en octubre de 2019, en la comuna de La Florida.

Tras las investigaciones del caso, se dio por acreditado que más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 21 horas del 21 de octubre de 2019, “encontrándose vigente el estado de excepción constitucional y toque de queda decretado para ese día a las 20:00 horas”, la víctima, de 16 años de edad, “se desplazaba por calle Walker Martínez a la altura de calle Alicahue de la comuna de La Florida, siendo abordado por funcionarios de seguridad municipal quienes en ese momento reciben información que el adolescente habría participado en un delito de robo, señalándole que se tirara al piso, para luego esposarlo. En eso llegaron dos motoristas de Carabineros, el sargento 2° Alexis Enrique Contreras Ulloa y el cabo 1° Felipe Andrés Cifuentes Aburto, siendo entregado el menor a los funcionarios públicos”.

“Estos dos carabineros encontrándose el adolescente bajo su custodia, privado de libertad y esposado, comienzan a exigirle que les señalara el lugar en que se encontraban los computadores robados, respondiendo la víctima que no sabía de qué hablaban, y comenzaron a golpearlo reiteradamente con sus bastones de servicio, en distintas partes del cuerpo, especialmente en la zona de la espalda, piernas y cabeza, al tiempo que continuaban exigiéndole que les indicara que donde había dejado las especies. El menor gritaba pidiéndoles que dejaran de golpearlo y por ayuda”, explica el fallo.

Como consecuencia de los golpes, la víctima “resultó con lesiones visibles en la zona de la espalda, brazos, labio y muslos, siendo calificadas como leves, de acuerdo con lo informado por el Servicio Médico Legal, en su Informe N° 3576-2019 de fecha 28 de noviembre de 2019”.

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Contreras Ulloa y Cifuentes Aburto las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas.

Igualmente, se ordenó al Ministerio Público proceder a investigar, solo para el caso que no lo hubiere hecho, “la eventual comisión de un delito de falsificación ideológica del parte policial N° 2923, de la 61ª Comisaría de Carabineros de la comuna de La Florida, de fecha 22 de octubre de 2019, en que se da cuenta de la detención del menor (…) y la participación de todos los involucrados en estos hechos, en cualquiera de las hipótesis previstas en el artículo 15 del Código Penal; o, en otros delitos, con ocasión de las declaraciones prestadas en este juicio oral”.